¡Ya era hora, Francia!: se acaba con el «deber conyugal» de mantener relaciones sexuales dentro del matrimonio

Francia, la cuna de los derechos humanos y el lema «Liberté, Égalité, Fraternité», suele ser uno de los faros de decencia que el mundo necesita. Es el primer país que ha apostado por blindar el aborto en su Constitución y ahora quiere ser el primero en Europa en prohibir el uso de redes sociales a menores de 15 años para proteger su salud mental. Y, sin embargo, tenía una enorme deuda pendiente aún: el llamado «deber conyugal». 

Hablamos de la obligación aún contemplada en el seno de un matrimonio de mantener relaciones sexuales regulares, apetezca o no apetezca. Un corsé legal que se seguía usando con éxito en algunos casos de divorcio, generando incluso una especie de compromiso mental entre las parejas. Ya no más: la Asamblea Nacional han tumbado ese articulado, abriendo la puerta al consentimiento. Un enorme avance. 

¿Cuál era ahora la situación? 

Para enmendarlo, el texto aprobado ayer por la Cámara Baja gala añade que «esta vida en común no crea ninguna obligación para los cónyuges de mantener relaciones sexuales», una frase que será leída en voz alta en los ayuntamientos por los registradores civiles durante la ceremonia de cada matrimonio.

Esa unión «no puede ser una burbuja donde el consentimiento para las relaciones sexuales es adquirido, definitivo y para toda la vida», ha manifestado a medios como Euronews la diputada del Partido Ecologista y Socialista Marie-Charlotte Garin, quien ha presentado el proyecto de ley junto a Paul Christophe, de la formación de centroderecha Horizontes. 

Obvio: hay que querer

Este proyecto de ley interpartidista consagra en blanco y negro un principio fundamental: el consentimiento sigue siendo una condición esencial para cualquier acto sexual, incluso dentro del matrimonio.

El texto adoptado ahora precisa así, en el artículo 215 del Código Civil, que la comunidad de vida «no crea obligación alguna para los cónyuges de mantener relaciones sexuales». Esta aclaración es muy simbólica, ya que el artículo se lee en las ceremonias de matrimonio en el ayuntamiento. Había que tragar con ello antes de dar el sí. 

En los últimos años, varios tribunales habían dictado todavía divorcios por falta basándose en que uno de los cónyuges -la esposa en la mayoría de los casos-, se negaba a mantener relaciones sexuales, considerando esta negativa como un incumplimiento de las obligaciones conyugales.

Una sentencia del Tribunal de Apelación de Versalles, por ejemplo, de 7 de noviembre de 2019 se refiere a la «negativa continua» de la esposa a cualquier relación íntima, descrita como un «incumplimiento grave y reiterado de los deberes y obligaciones del matrimonio que hace intolerable la continuación de la convivencia». Palabras gruesas para una realidad que suponía forzamiento y hasta violencia en algunos casos. 

La ley llega en un momento en que la violencia sexual dentro de la pareja sigue sin denunciarse en el país vecino. Según una encuesta del IFOP publicada el 11 de septiembre de 2025, el 57% de las mujeres declaran haber mantenido relaciones sexuales conyugales sin desearlo, frente al 39% de los hombres.