El auge de los pagos digitales a lo largo y ancho de nuestra geografía, impulsado por la comodidad que ofrece el móvil y el indiscutible éxito de plataformas como Bizum, ha obligado al Gobierno a adaptar la normativa fiscal a la realidad del siglo XXI. Por ello, a partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria ejercerá un mayor control sobre los datos de los pagos realizados con esta aplicación, buscando mantener un seguimiento más preciso de los movimientos fiscales y combatir el posible fraude. Esta nueva fiscalización, de hecho, se sustenta en el Real Decreto 253/2025, el cual introduce toda una serie de cambios fundamentales.
A partir de ahora, la intención de Hacienda no es tener en cuenta cuánto paga cada ciudadano, sino cómo y con qué frecuencia, eliminando la barrera automática que dejaba muchas operaciones fuera del radar de la Agencia Tributaria. La medida más significativa afecta directamente a la actividad económica, ya que una vez que suenen las campanadas de la próxima Nochevieja cualquier pago realizado a través de Bizum entre autónomos, empresas o profesionales quedará bajo la lupa de la Agencia Tributaria, sin importar el importe de la transacción. El objetivo es intensificar la fiscalización de esta vía de pago, cada vez más utilizada en el entorno profesional, para combatir el fraude.
Las entidades financieras ya no solo informarán de manera anual, sino que deberán remitir informes mensuales detallados sobre todas las transacciones vinculadas a ingresos profesionales. Estos informes incluirán datos esenciales como la identificación del receptor, el número de comercio y el importe total facturado, distinguiendo entre cobros con tarjeta y los asociados al móvil. No obstante, esta vigilancia mensual en profundidad por parte de Hacienda se aplicará primordialmente sobre los cobros electrónicos vinculados a actividades económicas. Para el usuario corriente, enviar dinero a amigos o familiares para el día a día sigue siendo seguro y sin consecuencias fiscales.
Las transacciones informales por Bizum entre particulares, como un pequeño envío para comprar la barra de pan, por lo tanto, no serán comunicadas al fisco ya que la clave para la Agencia Tributaria radica en la detección de patrones de ingresos de ciertas cantidades. El cambio clave se enfoca en que los pagos continuos, elevados o sistemáticos podrían indicar actividad económica no declarada o donaciones encubiertas. El objetivo es claro: detectar ingresos regulares que se camuflan como pagos personales, ya sean alquileres o clases particulares, centrándose la fiscalización en la repetición y el patrón.
La obligación de enviar estos informes recaerá sobre los bancos, entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, ya sean físicos o digitales, que operen con autónomos y empresas en España. Además de los movimientos de profesionales, los bancos deberán informar a Hacienda sobre patrones de pago y el volumen anual de transferencias, incluyendo las realizadas por Bizum. Si las cantidades cobradas por Bizum y las cifras declaradas en impuestos no coinciden, la inspección fiscal es casi segura, ya que Hacienda podrá cruzar estos datos.
Consecuencias severas
Las consecuencias derivadas de no declarar adecuadamente estos ingresos pueden ser severas, con sanciones que oscilan entre el 50% y el 150% del importe no declarado, además de los intereses de demora. El control sobre Bizum, incluidas estas sanciones, se enmarca en un contexto más amplio de vigilancia digital, establecido también por el Real Decreto 253/2025. La reforma obliga a bancos y entidades de pago a enviar una declaración mensual con la totalidad de las cuentas que gestionan para clientes residentes en España. Asimismo, las tarjetas con un uso intensivo, que superen los 25.000 euros anuales en cargos o abonos, serán objeto de un reporte anual.
Ante este nuevo panorama, los profesionales recomiendan enfáticamente mantener buenas prácticas fiscales, como utilizar un concepto conciso y real en cada movimiento y guardar los correspondientes justificantes de pago y facturas. Una forma práctica de adaptarse a estos nuevos cambios que entrarán en vigor el inminente mes de enero es diferenciar claramente los ingresos profesionales de los personales, utilizando incluso un número de móvil exclusivo para recibir pagos por los servicios ofrecidos. En definitiva, esta modificación en la normativa por parte de la Agencia Tributaria se adopta para luchar contra la economía sumergida y regularizar las transacciones digitales en adelante. El control reforzado sobre el flujo digital de dinero, adaptando la fiscalidad al siglo XXI, es una pieza más de las intenciones de Hacienda, similares en cuanto al objetivo como la del nuevo sistema Verifactu o la factura electrónica, aunque de momento ambas medidas aún no entrarán en vigor este nuevo año 2026.
