Los descuidos del juez Peinado condenan varias causas al archivo mientras investiga a Begoña Gómez a toda velocidad

Dos investigaciones han sido condenadas al archivo en un juzgado de la Plaza de Castilla de Madrid y las dos por el mismo motivo: a Juan Carlos Peinado se le han pasado los plazos de instrucción. Sucedió hace unos días con un caso de presunta malversación en la Empresa Municipal de Transportes de la capital y ha vuelto a suceder con una investigación a una presunta criptosecta conocida como IM Academy. Unos errores que contrastan con la velocidad con la que el juez avanza en la causa abierta contra Begoña Gómez, en la que sí firmó la prórroga de la investigación dos semanas antes de que expirase el plazo.

El juzgado número 41 de Madrid, que ocupa Juan Carlos Peinado desde 2016 en la sexta planta de la Plaza de Castilla, tiene los números habituales de la saturación judicial en la trinchera de la instrucción. Cada año ingresa algo más de 2.500 asuntos y resuelve una cantidad similar, dejando varios centenares de casos acumulados para el siguiente curso. Y en todos, según establece la ley tras varias reformas, está obligado a prorrogar unas diligencias cuando se cumple un año desde su apertura y si considera que necesita más tiempo para investigar. Si no cumple ese trámite y sigue adelante con el caso, todas las pruebas obtenidas corren el riesgo de ser nulas y de llevar el caso al archivo.

Es lo que ha sucedido con dos causas relevantes que investigaba en su juzgado. En una de ellas, Peinado investigaba desde 2023 si la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de Madrid, dependiente del Ayuntamiento que comanda José Luis Martínez-Almeida, malversó dinero público al firmar un contrato de patrocinio con OkDiario para unas jornadas de sostenibilidad en 2022 por 72.6000 euros IVA incluido cuando, tal y como denunció Podemos, un año antes un evento similar había costado una cuarta parte.

La Audiencia Provincial de Madrid constató que Juan Carlos Peinado prorrogó la causa dos meses después del límite legal y que muchas diligencias, por tanto, no eran válidas al haber sido acordadas fuera de plazo. La respuesta de Peinado fue archivar el caso, pero no porque su error hubiera condenado la investigación al sobreseimiento, sino porque creía que no había delito en el convenio firmado entre el Ayuntamiento y la web de Eduardo Inda. El evento, dice Peinado, fue seguido por “una gran cantidad de personas” y esa “mayor capacidad de difusión” pudo justificar, zanja, el sobreprecio que denunciaba Podemos.

“Han sido practicadas todas las diligencias de investigación que han sido consideradas necesarias, pertinentes y útiles”, dice Peinado como única alusión al varapalo de la Audiencia Provincial de Madrid, que evidenció su error en la gestión de los plazos de la causa. Un error que se llevó por delante diligencias como una petición de información a la Agencia Tributaria y a empresa que subcontrató OkDiario para el evento. Diligencias encargadas por Peinado fuera de plazo y que ahora, según el mismo juez, no son ni necesarias ni pertinentes ni tampoco útiles para evitar el archivo del caso.

Dos años fuera de plazo

El segundo error que ha llevado al archivo de otra causa tiene que ver con la investigación a IM Academy, un sistema piramidal que reclutó a miles de jóvenes con la promesa de hacerlos ricos con criptomonedas. Y en este caso ni siquiera ha sido necesario que una instancia superior como la Audiencia Provincial constate que se saltó los plazos legales de instrucción. Ha sido el propio Peinado el que ha reconocido, después de que los imputados se quejaran con el apoyo de la Fiscalía, que ha mantenido la causa funcionando de forma irregular durante tres años.

Peinado abrió el caso en marzo de 2021 y mantuvo las diligencias bajo secreto de sumario hasta marzo del año siguiente, seis días antes de que venciera el plazo para prorrogar el caso. No lo hizo. En vez de eso, se enzarzó en una pelea de dos años para intentar que la Audiencia Nacional se hiciera cargo de la causa, algo que el Tribunal Supremo rechazó con contundencia en 2024: ni había muchas personas perjudicadas ni la economía nacional había quedado gravemente afectada por la actividad de IM Academy.

En este caso fueron los imputados y la Fiscalía los que se quejaron de que la mayor parte de la causa se había desarrollado sin que Peinado firmara la prórroga legalmente exigida para llevar el caso hasta 2025. Y en esta ocasión Peinado ha reconocido que, efectivamente, no solo no aumentó los límites de la investigación una vez transcurrido el primer año, sino que ni siquiera llamó a declarar a los denunciados, entre ellos Iván Briongos, el líder de la presunta criptosecta. El juez, armado con las pocas pruebas que sobrevivieron a la criba, archivó el caso por falta de pruebas, copiando y pegando el escrito con el que la Fiscalía le reprochaba haber rebasado “sobradamente” los límites legales de investigación.

Los dos archivos judiciales derivados de los errores de Juan Carlos Peinado han sido recurridos por los denunciantes de ambos casos. En la causa en torno a los dirigentes de la EMT madrileña, tanto Podemos como Más Madrid han pedido que el caso sea juzgado e incluso la segunda formación ha llevado la actuación del magistrado al Consejo General del Poder Judicial, al entender que ha incurrido en una falta muy grave de “desatención o el retraso injustificado” en la tramitación de sus causas. Las víctimas de IM Academy, por su parte, también han pedido la nulidad de esa decisión.

En conversación con este periódico, la asociación demandante, RedUNE, lamenta tener que volver “a la casilla de inicio” tras esta decisión y verse obligada a “estar pendientes de a qué juez le toca la materia” a la hora de exigir justicia. “Hemos tenido que estar llamando a la puerta a ver si se acordaban de nosotros”, asegura. A pesar de todo, confían en que los argumentos para que se retire la decisión del juez Peinado sean suficientemente sólidos y se muestran convencidos de que los hechos presuntamente delictivos son “tan flagrantes” que “no se podrán ir de rositas”.

Registros e imputaciones anuladas

El artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal fue modificado por el gobierno del PP y Mariano Rajoy en 2015 para imponer un límite temporal a las investigaciones de los jueces: seis meses desde su puesta en marcha y un año más en el caso de las causas más complejas. El objetivo era “agilizar” los tribunales penales, además de sustituir la palabra “imputado” por “investigado” y el resultado fue el archivo de causas relevantes: la mafia rusa y sus conexiones con el Partido Popular, el caso Isofotón de Andalucía o causas de corrupción que afectaban al expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez.

El PSOE y sus socios se comprometieron a derogar el artículo al llegar al Gobierno en 2018 y finalmente la iniciativa se quedó en un primer año de instrucción y prórrogas de seis meses. Juan Carlos Peinado no es, por tanto, el único juez que ha llevado causas al archivo por no cumplir con las exigencias de ese capítulo de la ley. Manuel García Castellón, magistrado ya jubilado de la Audiencia Nacional, tuvo que archivar el ‘caso Tsunami’ de supuesto terrorismo en las protestas contra la sentencia del procés después de que la Sala de lo penal constatara en 2024 que la prórroga que el juez había firmado tres años antes era ilegal.

Los errores de Peinado en el caso de la EMT y de IM Academy contrastan con el celo del magistrado a la hora de gestionar las diligencias contra Begoña Gómez, esposa del Presidente del Gobierno, causa en la que firmó la prórroga del pasado mes de abril dos semanas antes de que venciera el plazo, una prórroga que tendrá que renovar a finales de año.

Los tribunales no han reprochado a Peinado su gestión de los tiempos en esta causa contra Gómez, pero sí varias actuaciones irregulares. Entre otras, haber imputado a varios testigos apoyándose en contradicciones inexistentes o, incluso, por registrar la casa del empresario Juan Carlos Barrabés mientras este estaba hospitalizado, además de reprochar su insistencia en investigar si Begoña Gómez influyó en el rescate a Air Europa a pesar de la ausencia de pruebas. “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio”, ha llegado a reprocharle el tribunal.