Respiro judicial para Trump. El tribunal de apelaciones del circuito federal ha emitido este martes un fallo en el que atiende los recursos de la Administración federal contra el Tribunal de Comercio Internacional, que había dictaminado que los aranceles generalizados aprobados el llamado “día de la liberación” eran ilegales por haber sido decretados con unos poderes extraordinarios emanados de la ley de emergencia nacional.
Según el Tribunal de Comercio, esa invocación era inédita y no se correspondía con la realidad. La Administración Trump recurrió, y su recurso urgente fue atendido, con lo que en 24 horas se reactivaron los aranceles. Y este martes el tribunal de apelación se reafirma en ese fallo anterior y mantiene las medidas cautelares a favor de los demandados.
Así mismo, el tribunal da dos días a las partes para presentar alegaciones y fija como fecha para la vista del caso el próximo 31 de julio.
“Tras considerar los factores para la suspensión [de la sentencia del Tribunal de Comercio] el tribunal concluye que, dadas las circunstancias, la suspensión está justificada. El tribunal también concluye que estos casos plantean cuestiones de importancia excepcional que justifican un examen acelerado en pleno de los méritos en primera instancia”; afirma el auto.
En consecuencia, el tribunal ordena conceder “las mociones de suspensión pendiente de apelación” y establece que “el tribunal en pleno estará compuesto por todos los jueces del circuito en servicio activo regular que no hayan sido recusados o inhabilitados”.
“En el plazo de dos días hábiles a partir de la emisión de esta orden”, dice el escrito, “se ordena a las partes que registren conjuntamente una propuesta de calendario acelerado para la presentación de informes. El calendario propuesto deberá permitir que este tribunal celebre la vista oral el 31 de julio de 2025 a las 10:00 am. Si las partes no logran ponerse de acuerdo sobre el calendario, la presentación conjunta deberá incluir las propuestas alternativas de cada parte”.