El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de dos años y nueve meses de cárcel a un policía nacional de València que durante meses espió en las bases de datos confidenciales a medio centenar de mujeres, muchas de ellas denunciantes de violencia machista o prostitutas, llegando a coaccionar a una de ellas. Los jueces, que también avalan su sanción de diez años de inhabilitación, declaran probado que el agente hizo las consultas al margen de su trabajo y accedió a datos personales de las mujeres, entre ellas también vecinas de su urbanización en Paterna.
Los agentes de Asuntos Internos detuvieron a su compañero a mediados de 2020. Se trata de un policía nacional destinado en la comisaria valenciana del distrito de Trànsits, en el barrio de Tormos, y su grupo de informes. El agente arrestado disponía de acceso a las bases de datos policiales, pero su trabajo se limitaba a averiguar domicilios y paraderos para contestar a requerimientos judiciales o elaborar informes de conducta para indultos e investigar delitos leves. Los investigadores descubrieron que en los seis meses anteriores había usado los repositorios policiales de datos para mucho más de lo que requería su trabajo.
En ese periodo de tiempo, apenas seis meses, había hecho 3.889 consultas en hasta cuatro bases de datos de la Policía Nacional. Algunas estaban justificadas, pero otras no tenían nada que ver con su trabajo, como atestados de violencia de género, matrículas o datos de prostitutas, además de vecinas de su propia urbanización en Paterna.
Los jueces explican en las sentencias del caso, que ha podido examinar elDiario.es, que el policía ahora condenado y suspendido tenía “cuatro objetivos bien definidos”: acceder a datos de mujeres de entre 18 y 45 años, saber si sus vecinas tenían antecedentes, descubrir si había denuncias contra mujeres que se prostituían en la ciudad y, finalmente, acceder a atestados de violencia machista.
El policía siempre negó que accediera a esos datos por un motivo que no fuera su trabajo y ni Asuntos Internos ni los tribunales han dejado por escrito para qué quería exactamente esos datos más allá de constatar que su objetivo era “llegar hasta terceras personas”. Pero sí consta lo que hizo en uno de los casos, el primero en ser descubierto: consiguió los datos de una denuncia que una mujer había interpuesto contra su expareja, llegó hasta ella y la intentó extorsionar.
Esa persecución se tradujo en una primera condena –una multa– por un delito de coacciones contra él. En paralelo, otro juzgado de València le investigaba por el acceso irregular a decenas de datos personales y expedientes de mujeres de la ciudad que el Tribunal Supremo acaba de zanjar con una sentencia firme y una condena de dos años y nueve meses de cárcel, junto con 10 años más de inhabilitación, por un delito de revelación de secretos. También tendrá que pagar una multa de 6.000 euros.
Una búsqueda “escandalosa” de datos privados
El agente condenado rechazó declarar ante el juez que le investigaba, pero posteriormente, ya ante la Audiencia Provincial de Valencia, decidió cambiar de estrategia y pasó a defender que ese medio centenar de accesos a las bases de datos confidenciales de mujeres estaban justificados por su trabajo. Esa teoría fue descartada por sus superiores, los agentes de Asuntos Internos y finalmente todos y cada uno de los jueces que han analizado su caso.
Su labor en la comisaría de Trànsits, recuerda el Tribunal Supremo, era obtener información para localizar a personas cuando los juzgados pedían ayuda, también colaborar en la emisión de informes sobre indultos y de manera excepcional tramitar asuntos relacionados con delitos leves. Los jueces reconocen que podían existir situaciones de “excepcionalidad comprensible” en la que hubiera ido más allá y consultado datos para ayudar a algún compañero, pero en ningún caso las “ingentes invasiones” de expedientes de mujeres que perpetró.
Lo que había en esos atestados, recuerdan los magistrados que han analizado el caso desde su primera condena, eran “datos sumamente íntimos” de las mujeres a las que espiaba. No solo números de matrícula o datos básicos, sino detalles de las denuncias que habían presentado contra sus parejas por violencia machista, las lesiones que habían sufrido o la raza y el sexo. Todo, añaden los tribunales, con una “desconexión escandalosa” con lo que era en realidad su trabajo en la comisaría de Trànsits.
Algunos atestados que consultó y descargó eran recientes, pero otros se remontaban a años atrás, incluso a 2009 como destaca el Tribunal Supremo. Desde que se decidió a declarar, el agente siempre ha esgrimido la misma estrategia de defensa: alegar que no accedió a datos personales, que estos accesos tenían que ver con su trabajo y que los tribunales nunca pidieron un informe policial más exhaustivo sobre cuál era su labor en la comisaría.
Los jueces contestan que ese informe no era necesario y recuerdan que Asuntos Internos solo investigó los accesos indebidos a cuatro bases de datos durante seis meses a modo de ejemplo de su “injustificada búsqueda a mujeres de una determinada edad”. Lo que buscaba no era solo identificar a las afectadas sino también datos “de especial significado íntimo” que no solo revelaban sus denuncias de violencia machista o si tenían antecedentes policiales sino, incluso, “intentos de su suicidio”.