El Tribunal Supremo tiene previsto hacer pública en los próximos días su sentencia más relevante del último lustro: la que ha condenado e inhabilitado a Álvaro García Ortiz por la filtración de la confesión de fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Una resolución de la que, por ahora, solo se conocen el fallo y sus consecuencias, pero no detalles clave que marcarán el camino del caso hacia el Tribunal Constitucional así como su dimensión política: si le consideran culpable de la filtración a los medios o de emitir un comunicado de prensa con datos confidenciales, en qué pruebas se basan, si creen o no el testimonio de los periodistas que ratificaron que conocieron la confesión de González Amador antes que el fiscal general, si atribuyen algún papel a los bulos de Miguel Ángel Rodríguez o qué opinan del papel que la UCO ha jugado en el caso.
¿La nota de prensa o la filtración?
El juicio contra el fiscal general terminó con un lamento del Abogado del Estado que defendió a García Ortiz durante todo el proceso: “No sabemos de lo que nos estamos defendiendo, si de la nota o del correo”. Una duda que sobrevoló todo el juicio y que ha vuelto a cobrar fuerza después de que el Supremo haya difundido su fallo sin sentencia: no se sabe si ha sido condenado por filtrar el correo de Alberto González Amador a la prensa en la noche del 13 de marzo de 2024 o si lo ha sido por impulsar un comunicado de la Fiscalía que, al día siguiente, ofreció datos del caso para desmentir los bulos que circulaban en los medios, algunos difundidos por el entorno de la propia Ayuso.
“Se ha criminalizado una actividad institucional de emisión de un comunicado oficial de una institución para salir al paso de información que ponía en cuestión a la institución, a los fiscales y al fiscal general del Estado”, añadió José Ignacio Ocio al final de su último informe. Una duda de largo recorrido. La causa arrancó en el Tribunal Superior de Madrid en torno a esa nota de prensa y su elaboración dentro de la Fiscalía, pero ese documento quedó fuera del foco penal cuando el Supremo aceptó investigar al fiscal general y dijo que el comunicado no podía ser delictivo porque, para cuando fue emitido el 14 de marzo de 2024, el contenido de esa confesión ya era conocido por los medios.
El asunto fue especialmente polémico en fase de instrucción cuando el juez Ángel Hurtado, en un momento dado, anunció a las partes de viva voz que él seguía investigando la difusión de la nota de prensa, a pesar de lo que había establecido la sala de admisiones, algo que según la Fiscalía y la defensa ha derivado en indefensión. Esa sala de admisiones que en octubre de 2024 dijo que la nota de prensa no contenía datos confidenciales es, en esencia, la misma que ahora ha decidido condenar al fiscal general. Si su condena viene por la nota de prensa, el tribunal tendrá que explicar por qué ahora sí es delictiva. Si es por la filtración, tendrá que explicar qué pruebas ha encontrado que demuestren que García Ortiz hizo llegar el correo a los medios esa noche.
Todo lo que ocultó González Amador
La sentencia también tendrá que analizar si Alberto González Amador, a quien García Ortiz tendrá que indemnizar con 10.000 euros por la filtración, dijo siempre todo lo que supo o si ocultó datos fundamentales a los tribunales mientras su pareja se presentaba como una víctima ante la opinión pública. Por ejemplo, por qué sus querellas y escritos nunca han mencionado que su confesión no solo fue enviada al fiscal Julián Salto, sino también a un Abogado del Estado, con el objetivo de buscar la conformidad que Ayuso negaba en público.
También por qué no consideró relevante comentar, hasta que no fue obligado durante su testifical ante Hurtado, que él mismo había reenviado uno de los correos del caso a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso. El hecho de que el fallo sea condenatorio da a entender que, diga lo que digan los detalles de la sentencia, los jueces no han atribuido la importancia suficiente a estas omisiones como para evitar la condena del fiscal general. Pero esos argumentos sí tendrán incidencia en un debate público donde, a falta de conocer los detalles de la resolución, existe una batalla política no solo sobre la condena sino sobre el papel que ha jugado cada uno de los protagonistas.
El bulo de Miguel Ángel Rodríguez
Uno de esos protagonistas es, indudablemente, Miguel Ángel Rodríguez. El jefe de gabinete de Ayuso fue quien puso en circulación un bulo del caso: que la Fiscalía había ofrecido un pacto a González Amador, pero que la cúpula del organismo lo había retirado para arrastrar al comisionista por un largo, tortuoso y público proceso penal. Él mismo explicó en el juicio de dónde había sacado esa información: “No tengo ninguna fuente”. Su bulo, sin embargo, sí fue fuente de información: para los medios que repicaron esa versión falsa de los hechos sin comprobar una mentira con poca relevancia penal pero mucha relevancia política.
El fallo condenatorio de la sentencia no vaticina ningún papel protagonista al bulo en los términos exoneratorios que pedían la Fiscalía y la Abogacía del Estado, pero la sentencia sí ayudará a ubicar las palabras que desencadenaron los hechos, con la relevancia política y social que tiene constatar una mentira de un cargo público. También las mentiras e insultos de Miguel Ángel Rodríguez a elDiario.es, medio que destapó el caso de fraude fiscal por el que González Amador será juzgado. Muchos ojos estarán puestos en la primera información de El Mundo que, basada en elementos ciertos como un correo del fiscal Julián Salto, esa noche difundió una versión manipulada al dar a entender que la iniciativa de pactar había sido del Ministerio Público, aunque había sido al revés.
Los periodistas que conocieron el correo
El tribunal escuchó el testimonio de una decena de periodistas y varios de ellos incidieron en uno de los aspectos clave del caso: conocían la confesión de la pareja de Ayuso, de forma literal o por referencias, antes de que llegara a manos del fiscal general en la noche del 13 de marzo de 2024. Informadores de elDiario.es, El País, La Sexta y la Cadena SER explicaron cómo supieron del documento, su contenido o las negociaciones antes que García Ortiz, lo que según las defensas descarta que ese correo fuera confidencial cuando llegó a la bandeja de entrada del fiscal general y demuestra también que él no podía ser la fuente. Algo que, por otra parte, algunos periodistas negaron de forma tajante.
Si la condena del fiscal general viene derivada de su responsabilidad en la emisión de la nota de prensa, el tribunal no habrá entendido que estos testimonios tienen un papel determinante. Si su condena resulta de que la mayor parte del tribunal le considera autor de la filtración a la prensa esa noche del 13 de marzo de 2024, implicará que los jueces no han dado credibilidad a estos informadores y la sentencia tendrá que explicar por qué.
La relevancia de estas declaraciones estaba relacionada con el carácter o no reservado que pudiera tener el correo de González Amador para cuando llegó a la mesa del fiscal general. Y en ese sentido también cobra especial relevancia la declaración de varios fiscales, entre ellos la fiscal jefe de Madrid Almudena Lastra, que explicó que en la mañana del 12 de marzo, un día antes de la filtración, el fiscal Julián Salto ya les había trasladado los detalles esenciales de esas negociaciones.
La UCO y el teniente Balas
La declaración de los agentes policiales no suele ser uno de los puntos fuertes de los grandes juicios: lo normal es que se limiten a ratificar lo que dicen sus informes, que sí pueden tener un peso determinante de cara a una sentencia. Pero en este juicio era diferente. Fiscalía y Abogacía del Estado llegaban decididas a cuestionar hasta la última afirmación de unos informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que apuntaron desde el principio al fiscal general como filtrador omitiendo noticias y datos clave. El teniente coronel Antonio Balas, en el ojo del huracán después de saberse que la militante socialista Leire Díez buscó información sobre él para desacreditar el papel de la UCO en causas de corrupción como el ‘caso Koldo’, ya había demostrado en fase de instrucción que no tenían ningún problema en ser incisivo y beligerante para defender sus conclusiones.
Fue el día grande de las acusaciones en el juicio, cuando Balas apuntó al “dominio” sobre la filtración de un Álvaro García Ortiz que se revolvía en su asiento y negaba en silencio con la cabeza. La sentencia, cuyo fallo condenatorio avanza un aval a todas las gestiones de la UCO en el caso, también será clave en ese aspecto: cómo valida los registros que la Fiscalía y la Abogacía del Estado consideran ilegales desde que fueron ordenados por Hurtado y si se apoya en las deducciones del teniente coronel.
Es uno de los aspectos fundamentales de futuros recursos ante el Tribunal Constitucional por cómo quedó claro que la Guardia Civil descartó cualquier opción que no fuera la culpabilidad del fiscal general y cómo presentó, incluso, una conversación recortada entre fiscales como indicio de delito.
La independencia del tribunal y Hurtado
elDiario.es ha publicado en los últimos días diversos hechos que revelan la relación entre miembros del tribunal y los letrados que representaron a algunas de las principales acusaciones del juicio. Tres magistrados que firman la condena, entre ellos su presidente Andrés Martínez Arrieta, fueron ponentes en un curso del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, una de las acusaciones del caso, tan solo unos días después de terminar el juicio y de forma remunerada, un curso en el que participan de forma habitual magistrados del Supremo. Uno de esos jueces fue el director de tesis del abogado de Alberto González Amador.
Ningún magistrado consideró que eso fuera motivo suficiente para abstenerse y ni la Fiscalía ni la defensa plantearon estos hechos durante el juicio. Pero el tribunal sí tendrá que pronunciarse sobre la idoneidad de la mayoría de sus miembros por una alegación que hizo la teniente fiscal María Ángeles Sánchez Conde al principio del juicio: “Es lógico sostener que esa sala de admisión no puede juzgar al fiscal general del Estado”, dijo, porque cinco de los siete jueces son los mismos que hace un año aceptaron abrir la causa contra García Ortiz sin que, en opinión de Sánchez Conde, la causa hubiera cambiado mucho desde entonces.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado lanzaron duras críticas al juez Hurtado y su gestión de la instrucción –“Ha sido un proceso injusto”, llegó a decir la Abogacía– y la sentencia revelará si existe algún tipo de reproche al magistrado, aunque la realidad de la condena hace improbable que sean dardos de calado. Cualquier reprobación en ese sentido también será analizada de cara a los recursos que se presenten ante el Constitucional.
El móvil borrado del fiscal general
Fue uno de los momentos de mayor tirantez en la investigación del juez Ángel Hurtado: cuando la Guardia Civil constató en un informe que el análisis del teléfono del fiscal general no había arrojado grandes datos porque sus mensajes habían sido borrados. Ocurrió exactamente una semana después de que el Supremo abriera la causa contra él y, a la vez, una semana antes de que el juez Hurtado enviara a la UCO a registrar su despacho. Las acusaciones afirmaron en decenas de ocasiones durante el juicio que este borrado era una prueba más de la culpabilidad del fiscal general mientras que la Fiscalía y la defensa aportaron varios testigos –responsables de protección de datos del Ministerio Público– que justificaron la medida como una decisión necesaria y normal para proteger el contenido de un teléfono de alto voltaje judicial y político.
Todos estos elementos, desde el motivo de la condena hasta el último detalle de los argumentos de los jueces, serán clave para explicar una condena mientras las discusiones públicas al respecto se basan en conjeturas. “Ocho días llevamos sin saber los motivos de la condena al fiscal general del Estado, maltrato institucional”, se quejaba la Unión Progresista de Fiscales (UPF) a la que pertenece García Ortiz.
La sentencia también traerá otro elemento clave para el futuro del caso: el voto particular de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo. Las dos se quedaron en solitario defendiendo la absolución de García Ortiz y sus motivos también ayudarán a entender la sentencia y cimentar, seguramente, el recurso que el ex fiscal general presente ante el Constitucional. Un tribunal en el que los votos particulares de estas dos magistradas progresistas han tenido recorrido: del caso de los ERE de Andalucía hasta la condena de Alberto Rodríguez pasando por la amnistía.
