Fiscales progresistas critican que el Supremo condene sin pruebas a García Ortiz: “Un giro constitucionalmente letal”

La Unión Progresista de Fiscales ha criticado la sentencia del Tribunal Supremo que condena al fiscal general del Estado porque no prueba “con certeza” que fuese Álvaro García Ortiz y ha lamentado que no se diese valor a los testimonios de los periodistas durante el juicio. “Ya no se condena porque algo esté probado, se condena porque lo contrario no resulta suficientemente convincente. Este giro es constitucionalmente letal”, aseguran en un comunicado hecho público este miércoles.

Los fiscales progresistas ponen el foco en que el Supremo ha condenado a García Ortiz por considerar “una hipótesis más probable que otra”: la mayoría del tribunal entendió que “no existe una explicación alternativa razonable” que apunte a otro lado que no sea a la Fiscalía y al propio García Ortiz. En un Estado de Derecho solo puede condenarse “cuando existe certeza más allá de toda duda razonable”, replica la UPF: “La sentencia no afirma que esté probado con certeza que fue el acusado. Afirma algo muy distinto: que no existe una explicación alternativa razonable. Esto supone un desplazamiento radical del estándar penal”.

La UPF, a la que pertenecía García Ortiz hasta que fue nombrado máximo responsable del Ministerio Público, señala que es “problemático” que el Supremo diese mayor validez al testimonio de la fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, frente al de los periodistas que declararon en el juicio. “Una deducción puramente subjetiva manifestada por ella —”habéis filtrado los correos“— es elevada por la mayoría a la categoría de indicio de culpabilidad, pese a que no existe confirmación expresa del acusado, no existe corroboración externa objetiva y el propio relato de la afectada evoluciona de forma perceptible entre la fase de instrucción y el juicio oral hacia una versión progresivamente más incriminatoria”, destaca la asociación. Lo contrasta con el poco valor que se dio al testimonio de los periodistas, entre ellos dos informadores de elDiario.es: aportaron “relatos coherentes entre sí, coincidencias temporales, mensajes, cronologías, metadatos, publicaciones previas” y otros elementos que “permitían reconstruir una circulación de la información independiente del acusado”.

El comunicado también lamenta que haya una inversión “encubierta” de la carga de la prueba, algo prohibido por la Constitución, porque la sentencia da a entender que si el acusado no logra construir una “alternativa sólida” será condenado. Y, además, la UPF considera que la mayoría del tribunal descartó alternativas porque no encajaban con la hipótesis principal y, a la vez, validó la hipótesis principal porque había descartado las alternativas.

Finalmente, la asociación afirma que es “un error institucional de enorme gravedad” que se hiciese público el fallo el pasado 20 de noviembre, sin la argumentación de la sentencia, porque proyectó ante la ciudadanía “una imagen de decisión ya cerrada antes de culminar el proceso deliberativo”. “Cuando existe un voto particular absolutorio en un procedimiento de única instancia, el sistema no puede permitirse resoluciones aceleradas ni escenificaciones de cierre anticipado del debate”, argumentan. Y recuerdan que el procedimiento contra el fiscal general no era un caso “ordinario”: “se juzga una nota institucional destinada a frenar una desinformación reconocida como falsa” —el bulo de Miguel Ángel Rodríguez, reconocido por el propio protagonista como una especulación sin pruebas durante el juicio— y que afectaba al “prestigio” de la institución.