Un juzgado de Madrid ha condenado a Meta a indemnizar con 479 millones de euros a 87 empresas editoras de medios de comunicación españoles por haber incurrido en competencia desleal en la gestión de la publicidad tanto en Facebook como en Instagram. La sentencia entiende que ambas plataformas usaron de forma irregular los datos de millones de usuarios en ambas plataformas para ofrecer publicidad, datos “personales y protegidos”, consiguiendo una “ventaja competitiva significativa” frente a la prensa digital española. En esos años Meta ganó casi 5.300 millones de euros y todo ese dinero, dice la resolución, fue obtenido “con infracción” de la normativa europea de protección de datos. A esos 479 millones hay que sumar otros 60 millones más en intereses.
La Asociación de Medios de Información (AMI) demandó a la empresa de Mark Zuckerberg, a la que acusaba de usar de forma “ilegítima” los datos protegidos de millones de usuarios entre 2018 y 2023 para alimentar su negocio de publicidad segmentada. Una ventaja competitiva frente a los meedios de comunicación españoles que no disponían de esos datos para desarrollar su publicidad y, según AMI, “poniendo en riesgo su sostenibilidad económica”. La demanda, que quedó vista para sentencia hace mes y medio en un juzgado de lo mercantil de la Gran Vía de Madrid, reclamaba más de 500 millones a Meta en nombre de 87 empresas editoras de prensa digital en España junto con agencias de noticias.
El juzgado de lo mercantil, cuya sentencia todavía es recurrible ante la Audiencia Provincial y posteriormente ante el Supremo, entiende que Meta se saltó la normativa europea de protección de datos para gestionar la publicidad que los usuarios de Facebook e Instagram recibieron en esos cinco años. “Meta utilizaba indebidamente datos personales protegidos de los usuarios, lo que le daba una ventaja competitiva significativa frente al tratamiento publicitario que hace la prensa digital española”.
Meta no aportó al juzgado sus datos internos del volumen de negocio y el juzgado entiende, tal y como calculó la propia AMI, que en esos años ganó más de 5.281 millones de euros entre 2018 “obtenidos con infracción” del reglamento europeo, “lo que ha supuesto para Meta una ventaja competitiva frente a la prensa digital española en el mercado publicitario español”. Ese dinero, añadee, “debe repartirse al resto de los competidores”. El cálculo para repartir esos 479 millones se calcula en base a la cuota de mercado de cada medio representado por la asociación.
El negeocio de Meta: los datos de los usuarios
El juez desgrana a lo largo de 59 páginas que Meta “ha conseguido algo bastante difícil: que millones de personas decidan usar sus servicios y escriban y visualicen sus vidas en ellos”. Pero “la realidad” detrás de esa “cara social” de sus plataformas es que Facebook e Instagram son gratis “a cambio de disponer de los datos personales de los usuarios para hacer publicidad comportamental, que es el negocio de Meta, que financia la gratuidad del servicio para los usuarios”.
La otra cara de Meta, la “empresarial”, hace que las redes sociales funcionen como “una agencia de publicidad comportamental y segmentada” que ofrece anuncios con una “publicidad personalizada acorde con sus gustos, aficiones y deseos” gracias a los datos que la gente vuelca día tras día en sus perfiles. En ese punto, explica la sentencia, Meta ha hecho un uso ilegal de esos datos protegidos de sus millones de usuarios.
