Se acerca el fin de la campaña de la Renta 2024 – 2025: esta es la fecha límite para presentar la Declaración

La campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, se encuentra en su tramo final. El próximo lunes, 30 de junio de 2025, será el último día habilitado para presentar la declaración, poniendo fin a un proceso que arrancó el 2 de abril y que, como cada año, permite a los contribuyentes regularizar su situación fiscal ante la Agencia Tributaria a través de tres vías: por internet, por teléfono o de forma presencial, cada una con plazos específicos.

El servicio de presentación telemática se activó el 2 de abril, permitiendo a los usuarios gestionar su declaración por medio del programa Renta Web o desde la aplicación móvil del organismo tributario. Posteriormente, el 6 de mayo comenzó la atención telefónica con cita previa, que pudo solicitarse desde el 29 de abril.

La atención presencial en oficinas se abrió el 2 de junio, tras el inicio del plazo de solicitud de cita el 29 de mayo. Todas estas opciones seguirán activas hasta el lunes 30 de junio, fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal, salvo en los casos con resultado positivo y pago por domiciliación bancaria, cuyo vencimiento se produjo el 25 de junio.

Declaraciones positivas y negativas: diferencias en el calendario

Una de las claves del calendario de esta campaña está en la distinción entre declaraciones a ingresar y a devolver. En las primeras, el contribuyente debe abonar una cantidad a Hacienda por no haber pagado suficientes impuestos durante el ejercicio. Cuando se escoge la opción de domiciliación bancaria para este pago, la fecha tope fue el 25 de junio. Pasado este día, ya no es posible optar por esa modalidad y se debe recurrir a otras formas de ingreso para completar el trámite antes del 30 de junio.

Por su parte, las declaraciones con resultado negativo, también llamadas “a devolver”, indican que el contribuyente pagó más impuestos de los que le correspondían. En estos casos, la presentación puede realizarse hasta el cierre oficial del lunes 30 de junio, independientemente del método utilizado. Hacienda tiene un plazo legal de hasta seis meses para procesar la devolución, aunque muchas se efectúan en semanas. No obstante, las declaraciones presentadas en los últimos días podrían retrasar el ingreso, ya que se acumulan más solicitudes de última hora.

Sanciones por incumplimiento del plazo

No presentar la declaración en los tiempos establecidos puede tener consecuencias, que varían según el caso. En las declaraciones con resultado negativo o con cuota cero, la sanción es de 100 euros si el contribuyente regulariza de forma voluntaria fuera de plazo. Esta multa se incrementa hasta 200 euros si es la Agencia Tributaria quien detecta la omisión y requiere la presentación.

En el caso de las declaraciones positivas no presentadas, y cuando es Hacienda quien reclama, se considera una infracción tributaria por no haber ingresado los impuestos en plazo. En estos supuestos, la sanción asciende al 50% de la deuda pendiente, con posibilidad de aumentar hasta el 150% si se detectan agravantes como ocultación de información. Además, el contribuyente deberá pagar la cantidad omitida junto con los intereses de demora acumulados desde el 1 de julio.

Canales disponibles para presentar la declaración

Durante la campaña se han ofrecido tres canales para presentar la declaración: Internet, teléfono y atención presencial. La vía telemática, habilitada desde el 2 de abril, ha sido la más utilizada por su disponibilidad inmediata y su accesibilidad. El servicio telefónico, disponible desde el 6 de mayo, requiere haber solicitado cita previa entre el 29 de abril y el 27 de junio. Esta opción permite realizar el trámite con el apoyo de personal de la Agencia Tributaria mediante llamada.

Para quienes prefieren acudir en persona o necesitan resolver situaciones más complejas, el 2 de junio se abrió la atención presencial en oficinas. Como en el caso del canal telefónico, el plazo para pedir cita está disponible hasta el 27 de junio, y la atención se extenderá hasta el lunes 30. En todos los casos, es necesario contar con cita previa para poder ser atendido.

El 30 de junio, fecha límite para regularizar la situación

El próximo lunes, 30 de junio, es la última jornada para cumplir con esta obligación fiscal. Será también el día en que concluirán los servicios de asistencia telefónica y presencial ofrecidos por la Agencia Tributaria. Quienes aún no hayan presentado su declaración disponen de este último margen para evitar recargos, multas o intereses, en función de la naturaleza del resultado y del canal elegido para completarla.

Tras esa fecha, cualquier presentación fuera de plazo quedará sujeta a penalizaciones, a menos que se haya producido un error justificado y el contribuyente actúe de forma inmediata para regularizar la situación. En todo caso, es recomendable no apurar los plazos y revisar con antelación los datos incluidos en el borrador antes de proceder al envío.